En las instalaciones del IEEQ, Espíndola Morales expuso que los delitos en materia electoral son aquellas acciones u omisiones que lesionan o ponen en peligro el adecuado desarrollo de la función electoral, la consulta popular y atentan contra las características del voto, que debe ser universal, libre, directo, personal, secreto e intransferible.
Señaló que, en el ámbito local, la Fiscalía Especializada para la Atención de Delitos Electorales (FEPADE) puede investigar conductas como la retención de credenciales de elector, alteración del Registro Federal de Electores, utilización de recursos públicos federales y actuación de servidores (as) públicos (as) de la Federación.
El presidente de la Comisión Jurídica explicó que en el catálogo de delitos se encuentran: la compra o coacción del voto; la aportación de datos falsos al Registro Federal de Electores, hacer proselitismo o presionar a las y los electores; obstaculizar e interferir las labores del funcionariado electoral o el desarrollo normal de las votaciones.
Además, explicó conductas ilícitas como recoger en cualquier tiempo, sin causa justificada por la ley, una o más credenciales de elector; amenazar o presionar a servidores públicos o a cualquier persona a asistir a eventos proselitistas o a votar o a abstenerse de hacerlo; obstaculizar o interferir el traslado de paquetes o documentos electorales; abrir los paquetes o retirar los sellos de los mismos; divulgar noticias falsas respecto a la jornada electoral o sus resultados, entre otros.
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